Fiscalidad grupal

Reino Unido

Fiscalidad grupal

Actualizado el:
30/7/2025

Cada empresa dentro de un grupo debe presentar su propia declaración del impuesto de sociedades de forma individual.

La única excepción a esta regla es la opción de agrupación para efectos del IVA, explicada más adelante.

Aun así, el sistema fiscal del Reino Unido reconoce las relaciones entre empresas del mismo grupo a efectos del impuesto de sociedades, IVA, impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y el impuesto de timbre.

Impuesto de sociedades

El sistema del impuesto de sociedades del Reino Unido contempla diversas medidas que permiten optimizar la carga fiscal dentro de los grupos empresariales, siempre bajo estrictas normas contra la elusión.

Una de las principales ventajas es el alivio de grupo (group relief), que permite compensar ganancias y pérdidas operativas entre sociedades del mismo grupo fiscal, definidas generalmente por una participación mínima del 75 %. Esta medida puede aplicarse entre entidades residentes en el Reino Unido, y en ciertos casos, a entidades no residentes sujetas al impuesto británico. Las condiciones para establecimientos permanentes son más restrictivas, especialmente si las pérdidas pueden utilizarse en otra jurisdicción.

Desde el 1 de abril de 2017, las pérdidas no utilizadas pueden trasladarse a ejercicios posteriores y, si se cumplen ciertos requisitos, aplicarse en períodos fiscales futuros del grupo.

Las transferencias intragrupo de activos (capital, préstamos, intangibles, derivados) entre sociedades del Reino Unido suelen estar exentas de tributación inmediata. Sin embargo, si la empresa cesionaria abandona el grupo en los seis años siguientes, puede aplicarse un ajuste fiscal (disaggregation charge). Para ganancias y pérdidas de capital, no existe compensación automática entre sociedades del grupo, aunque puede lograrse mediante reorganización o elección formal.

El régimen incluye medidas que impiden la transferencia artificial de beneficios entre entidades del grupo, aplicando las reglas de precios de transferencia, incluso entre empresas del Reino Unido.

Además, la deducción de intereses netos se encuentra limitada. Desde abril de 2017, esta se restringe al mayor entre el 30 % del EBITDA fiscal del grupo en el Reino Unido o el ratio de endeudamiento del grupo, y no puede superar los intereses netos recogidos en los estados financieros consolidados globales. Este sistema reemplazó al anterior debt capmundial.

IVA

Las empresas que forman parte de un grupo pueden, cumpliendo ciertos requisitos, optar por registrarse como un único sujeto pasivo de IVA. Esta opción permite que las operaciones internas entre miembros del grupo no estén sujetas al impuesto, lo que simplifica el cumplimiento y reduce la carga administrativa.

El grupo se registra a nombre de una empresa representante, que asume la responsabilidad de presentar las declaraciones periódicas en nombre de todos los miembros. No obstante, todas las entidades del grupo son solidariamente responsables de las obligaciones fiscales que se deriven.

La agrupación a efectos de IVA está sujeta a normas específicas destinadas a prevenir la elusión fiscal, especialmente en relación con la inclusión de entidades sin actividad económica o con establecimiento en el Reino Unido.

Impuesto de timbre y SDLT

Las transferencias de acciones o bienes inmuebles realizadas dentro de grupos con al menos un 75 % de participación común suelen estar exentas del impuesto de timbre o del Stamp Duty Land Tax (SDLT), respectivamente, siempre que se cumplan determinados requisitos.

En el caso del SDLT, el beneficio fiscal puede revocarse con carácter retroactivo si la entidad adquirente abandona el grupo dentro de los tres años siguientes a la operación, salvo que se cumplan determinadas excepciones.

Precios de transferencia y subcapitalización

El Reino Unido aplica normas de precios de transferencia basadas en las directrices de la OCDE, que se extienden a la mayoría de transacciones entre partes vinculadas, tanto nacionales como transfronterizas, cuando difieren de lo que se habría acordado entre partes independientes y generan una ventaja fiscal.

Se consideran partes vinculadas aquellas bajo control común, incluyendo no solo relaciones accionariales, sino también influencias de gestión. Estas reglas abarcan transferencias de bienes, servicios, intangibles y acuerdos financieros, como préstamos, siendo el principal mecanismo para controlar la subcapitalización.

A diferencia de otros países, el Reino Unido no ofrece "puertos seguros" en materia de endeudamiento, por lo que la deducibilidad de intereses se evalúa caso por caso. Desde abril de 2017, se aplica una norma adicional que limita la deducción de intereses netos del grupo al 30 % del EBITDA fiscal del Reino Unido, salvo excepciones para grupos altamente apalancados.

Las empresas deben autoevaluar su cumplimiento del principio de plena competencia y mantener documentación adecuada. Desde abril de 2023, los grandes grupos están obligados a conservar documentación específica. La falta de documentación puede conllevar sanciones, ya que se presume negligencia si se detectan errores en la declaración.

Existe un régimen de Acuerdos Anticipados de Precios que ofrece certeza prospectiva, incluyendo acuerdos específicos sobre subcapitalización. HMRC también contempla ajustes compensatorios cuando ambas partes están sujetas a impuestos en el Reino Unido, y prevé mecanismos de alivio para transacciones internacionales bajo convenios para evitar la doble imposición.

El Gobierno ha propuesto reformas significativas a estas normas para simplificar su aplicación, armonizarlas con estándares internacionales y mejorar la transparencia. Entre los cambios destacados se encuentran:

  • Revisión del concepto de vinculación y control.
  • Exención para transacciones nacionales sin impacto fiscal.
  • Aplicación del valor de mercado único a activos intangibles.
  • Adaptación de normas sobre garantías financieras.
  • Introducción del Sistema de Información Tributaria (SIT) para reportar operaciones relevantes con partes vinculadas, aplicable a transacciones que superen el millón de libras.

Estas reformas están en consulta pública hasta julio de 2025 y se prevé su incorporación en la legislación fiscal de 2025-2026.

Informes país por país

En línea con la Acción 13 del proyecto BEPS de la OCDE, el Reino Unido exige la presentación de informes país por país a los grupos multinacionales con ingresos consolidados anuales superiores a 750 millones de euros (o su equivalente en libras). Este informe incluye información clave por jurisdicción: ingresos, beneficios, impuestos pagados y devengados, número de empleados, activos y otras métricas relevantes.

Cuando la empresa matriz última está en el Reino Unido o en ciertos casos cuando solo opera en el país el informe debe presentarse ante HMRC junto con la declaración fiscal correspondiente. HMRC comparte automáticamente esta información con otras jurisdicciones firmantes de acuerdos de intercambio CbC.

Aunque algunos sectores han promovido la publicación pública de estos datos, en la actualidad su divulgación sigue siendo voluntaria. La norma GRI 207, emitida por la Iniciativa Global de Reporte, establece un marco voluntario para ello.

El Reglamento SI 2023/752, emitido en julio de 2023, ha eliminado en la mayoría de los casos la obligación de notificación anual de país por país en el Reino Unido. No obstante, podrían existir casos específicos en los que aún se requiera dicha notificación.

Documentación de precios de transferencia

Históricamente, las normas británicas exigían mantener registros suficientes para declarar impuestos correctamente, pero sin un formato prescrito para la documentación de precios de transferencia, aunque la práctica habitual seguía las directrices de la OCDE.

A partir de los ejercicios fiscales que comiencen el 1 de abril de 2023 (para impuesto de sociedades) y el 6 de abril de 2024 (para impuesto sobre la renta), las grandes empresas (grupos con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros) estarán legalmente obligadas a mantener documentación de precios de transferencia en formato OCDE, que incluye el Archivo Maestro y el Archivo Local, salvo ciertas exenciones.

La Ley de Finanzas (n.º 2) de 2023 y el Reglamento de Registros de Precios de Transferencia de 2023 regulan estos requisitos y las consecuencias del incumplimiento, incluyendo:

  • Riesgo aumentado de sanciones significativas.
  • Facultades ampliadas para HMRC para acceder a registros específicos.
  • Presunción de conducta negligente si no se conservan los registros exigidos o si la documentación y procesos son insuficientes, especialmente si se detectan inexactitudes en declaraciones fiscales relacionadas con precios de transferencia.

Aunque las entidades que no superen el umbral de ingresos no están legalmente obligadas a preparar el Archivo Maestro y Local, HMRC recomienda seguir esta práctica para demostrar el cumplimiento del principio de plena competencia. Además, HMRC puede solicitar los documentos de precios de transferencia en un plazo máximo de 30 días tras la solicitud, sin necesidad de que dichos documentos estén físicamente en la entidad del Reino Unido si están en poder de otra empresa del grupo.

El gobierno está considerando introducir un sistema de Informe de Transacciones Controladas Intercompañía para las transacciones transfronterizas relevantes superiores a un millón de libras, que incluirá información detallada para evaluar riesgos de precios de transferencia.

Adicionalmente, se evalúa la posible implantación futura de un "Registro de Auditoría Resumido", que documentaría las acciones realizadas para preparar el Archivo Local, aunque no se prevé que se implemente próximamente.

La responsabilidad del mantenimiento de esta documentación recae en el Oficial Superior de Contabilidad de la empresa.

Directrices para el Cumplimiento de Precios de Transferencia

En noviembre de 2021, HMRC anunció el desarrollo de las Directrices para el Cumplimiento como parte de su revisión de la administración tributaria dirigida a grandes empresas. Estas directrices no son documentos técnicos legales, sino guías de buenas prácticas que reflejan las expectativas de HMRC sobre la aplicación práctica de la ley y enfoques administrativos para facilitar el cumplimiento tributario.

Una de estas guías se centra en los precios de transferencia y fue publicada el 10 de septiembre de 2024. Su objetivo es ayudar a las empresas a entender qué espera HMRC en cuanto a la planificación, implementación, gestión y documentación de precios de transferencia. Son aplicables tanto a empresas sujetas a los nuevos requisitos legales de documentación de precios de transferencia en el Reino Unido como a aquellas que, aunque exentas, deben garantizar que sus precios cumplen con el principio de plena competencia y mantener registros adecuados.

La guía se divide en tres partes según el perfil de los destinatarios:

Parte 1 – Gestión de riesgos de cumplimiento para empresas del Reino Unido: dirigida a responsables de la gestión fiscal y contable y presentación de declaraciones en el Reino Unido. Cubre gobernanza, controles, comprobaciones y evidencias necesarias.

Parte 2 – Riesgos comunes de cumplimiento: orientada a especialistas en precios de transferencia, tanto asesores externos como equipos internos, proporcionando buenas prácticas para el análisis, soporte y evidencia documental.

Parte 3 – Indicadores de riesgo en el diseño de políticas de precios de transferencia: también dirigida a especialistas, aborda riesgos habituales en la elaboración e implementación de políticas de precios de transferencia, considerando la variabilidad según el tamaño, complejidad y perfil de riesgo del negocio.

HMRC enfatiza que el alcance del trabajo y la evidencia requerida dependerán de la complejidad y materialidad de las transacciones del grupo empresarial.

Sociedades Extranjeras Controladas

El régimen de Sociedades Extranjeras Controladas en el Reino Unido establece que una sociedad residente puede tributar sobre una parte de los beneficios de ciertas sociedades no residentes controladas, en las que tiene participación. El propósito principal es gravar los beneficios que han sido desviados artificialmente fuera del Reino Unido.

Principales características del régimen:

Tributación: Los beneficios de una SEC no residente serán gravados en el Reino Unido bajo las normas y tipos habituales del impuesto de sociedades, siempre que: los beneficios pasen por la denominada “vía de acceso” de la SEC y la SEC no cumpla con los criterios para alguna exención aplicable.

Vías de acceso: Son criterios diseñados para identificar beneficios que se desvían artificialmente. Por ejemplo, beneficios atribuibles a funciones de personas significativas en el Reino Unido. En tales casos, estos beneficios tributan en el Reino Unido a menos que se cumpla alguna de las cuatro condiciones de exención, siendo la principal que la obtención de una ventaja fiscal no sea el objetivo principal o uno de los principales objetivos. Exenciones:

  • Empresas con bajos beneficios o márgenes reducidos.
  • Sociedades de capital riesgo (SFC) ubicadas en territorios excluidos.
  • Empresas en jurisdicciones con tipos impositivos similares o superiores a los del Reino Unido.
  • Exención para beneficios de financiación intragrupo: Se aplica una exención del 75 % al 100 % para beneficios derivados de préstamos intragrupo que cumplan ciertos requisitos. Desde el 1 de enero de 2019, este beneficio reducido no está disponible para beneficios atribuibles a las SFC del Reino Unido, en línea con la Directiva contra la Elusión Fiscal (ATAD).

Aspectos regulatorios recientes: La Comisión Europea (CE) investigó la exención previa a 2019 y concluyó que algunas disposiciones constituían ayuda estatal. Sin embargo, en septiembre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló esta decisión, confirmando que la exención no constituye ayuda estatal.

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Jordi Quintana
Asesor fiscal - Especialista en fiscalidad internacional y negocio en Medio Oriente - Fundador de IBÉRICO
jordi@gestoriaiberico.com
Saul Hidalgo
Abogado fiscalista - Especialista en fiscalidad internacional, procesos tributarios en España y ex-Director en CaixaBank - Director Legal en IBÉRICO
saul@gestoriaiberico.com
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